Jueves 19 de Septiembre de 2024

Hoy es Jueves 19 de Septiembre de 2024 y son las 12:56 - Te contamos todo lo que necesitas saber

  • 36.3º

NACIONALES

16 de septiembre de 2024

El Gobierno modificó el Registro Único de Transporte Automotor

Foto ilustrativa

A través del decreto 832/2024, la administración nacional cambió una serie de normativas para el transporte, entre las cuales se encuentra la quita de dos registros para diferentes grupos de conductores.

El Gobierno modificó el Registro Único de Transporte Automotor, más conocido como RUTA, el cual reglamenta el transporte de cargas: uno de los cambios más importantes es que se redujo el límite de peso, por lo que un grupo de conductores ya no estará obligado a sacarlo.

Según la nueva normativa, "se entenderá que existe transporte por automotor de cargas cuando la capacidad de carga del vehículo afectado a la actividad sea igual o superior a la suma de setecientos (700) kilogramos". Anteriormente, era a partir de los 750 kilos y, de esta manera, se deja afuera a las pick-ups, furgones y camiones urbanas con capacidades de carga que no superen los 3.500 kilos.

De esta manera, el registro dejará de ser obligatorio para conducir vehículos comerciales livianos. En el caso de los que realicen tareas de transportes interjurisdiccionales, también se les dejará de exigir el trámite de la LiNTI.

El proceso de inscripción al RUTA será electrónico, declarativo, sin costo y no exigirá presencialidad. Así, el Estado Nacional “dejará de promover procesos burocráticos eternos para emitir permisos, beneficiando a las empresas que efectúen transporte nacional e internacional de cargas”, detallaron en un comunicado.

Además, se establece que se podrá circular con documentos digitales como el certificado de RUTA y los seguros correspondientes. Al mismo tiempo, se informó que en el término de 60 días se desarrollarán, para la implementación de las medidas, las actualizaciones tecnológicas necesarias.

“Dichas normas representan un avance sustancial en la desregulación del transporte automotor y tienen como objetivo la simplificación de los trámites administrativos, la potenciación de los servicios brindados y la generación de mayor competitividad dentro del sector”, sostuvieron.

Al respecto, el ministro de Economía, Luis Caputo, sobre los cambios en el RUTA consideró que “el transporte de cargas tiene un rol fundamental en el desarrollo productivo del país, por lo que resulta necesario adoptar medidas que reduzcan la carga burocrática y eliminen barreras para el ejercicio de la actividad”.

Por su parte, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, consideró que el mismo es “un trámite absurdo, puramente con fines estadísticos, que era caro y engorroso de realizar”. “Ahora pasa ser un registro digital y gratuito. Se evitan días de trabajo perdidos y los transportistas ahorran dinero que iba a la casta”, señaló en sus redes sociales y agregó: “Igual esto no termina acá. Intentaremos por ley para eliminar definitivamente el RUTA”.

Cuál es la documentación que deberán exigir al transporte interjurisdiccional de cargas

Constancia de inscripción en el Registro Único Del Transporte Automotor (RUTA) en formato digital o físico

Constancia de realización de la revisión técnica obligatoria, la que se acreditará mediante la oblea que deberá ser adherida en el parabrisas o cualquier otro instrumento que, a tal fin, determine la Autoridad de Aplicación

Licencia Nacional de Conducir vigente para el tipo de vehículo que conduce

Documento de transporte, carta de porte o guía, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 24.653. En caso de transporte internacional la documentación determinada por los Acuerdos, Tratados y Convenios

Cédula de Identificación del Automotor

Constancia física o digital de la contratación y vigencia de los seguros obligatorios

En los casos de vehículos afectados al transporte de cargas peligrosas, la documentación específica exigida por la normativa vigente en la materia

En los supuestos en que el tránsito requiera de un permiso especial de circulación, el instrumento que acredite la concesión del referido permiso



COMPARTIR:

Comentarios