JUDICIALES
26 de junio de 2020
Otorgan licencia por maternidad a una madre no gestante
La justicia platense ordenó al Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires otorgar una licencia por maternidad a una oficial de policía en carácter de "madre no gestante", ya que su pareja dio a luz hace tres meses.
La justicia platense ordenó al Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires otorgar una licencia por maternidad a una oficial de policía en carácter de "madre no gestante" ya que la pareja de ella, del mismo género, dio a luz hace tres meses.
En el fallo que dictó el titular del Juzgado 3 en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Francisco Terrier, se hizo lugar a un recurso presentado por Marina Fernanda Gómez y su pareja, Melina Martoni, para que se declare inconstitucional la negativa de la cartera de Seguridad a otorgarle ese derecho. La pareja, ambas oficiales de policía, vive en unión convivencial desde hace 5 años en la capital bonaerense.
Tras un tratamiento de fertilización in vitro, Melina quedó embarazada en septiembre pasado y el 17 de abril de este año nació su hijo L., por lo que ese mismo día Gómez solicitó al Comando Patrulla La Plata, donde trabaja, una licencia por maternidad para poder cuidar a su bebé.
El Ministerio de Seguridad rechazó ese pedido y concedió a Marina una licencia "por paternidad" de tres días, tras lo cual las mujeres recurrieron a la Justicia al considerar que se trataba de un hecho "discriminatorio" dada su condición de madre.
En la disposición -que es del 20 de mayo pasado pero se conoció hoy- el juez Terrier ordenó al Ministerio de Seguridad que "conceda a la agente licencia por maternidad por el plazo de 90 días con percepción íntegra de haberes, debiéndose descontar de dicho término los días de licencia que pudieran haberse otorgado como consecuencia del nacimiento del niño L.".
En declaraciones formuladas a Télam, Marina Mazzocchini, la abogada de Marina, contó que la mujer "ya está haciendo uso del derecho a la licencia" y analizó que "se trata de un fallo bastante novedoso porque abarca una mirada integral de la identidad de género, contempla las nuevas estructuras de familia, habla del matrimonio igualitario y da cuenta del vacío que existe en la normativa legal al respecto".
"La ley laboral habla de licencia a una madre gestante. ¿Por qué sólo la mamá gestante tiene que tener 90 días de licencia? Una madre es madre independientemente de cómo llego a serlo. Son temas nuevos y estamos haciendo el camino al andar", reflexionó la letrada.
El juez también consideró que "el modelo de familia patriarcal que reflejan tanto la Ley 10.430 citada por la actora como el estatuto aplicable a su condición de Oficial de Policía, donde el rol de la mujer estaba destinado al cuidado y crianza de los hijos, mientras que el varón debía trabajar para proveer los alimentos, queda en evidencia al otorgar tan disímiles días de licencia a uno y otro caso".
"Considero que el vacío legislativo en la materia no pueden constituirse como un impedimento al derecho pretendido, debiéndose armonizar e integrar las normas con el resto del ordenamiento jurídico, con la finalidad de obtener una decisión justa y fundada", señaló Terrier.
Por último, el juez expuso que no se puede desconocer que, en este caso, "se encuentran involucrados no sólo derechos laborales o de la seguridad social, sino también los derechos del niño nacido".
Antecedentes