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24 de diciembre de 2019

Ya entró en vigencia la ley de Solidaridad y Reactivación

La ley contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social. Ya se publicó en el Boletín Oficial y por ende goza de plena vigencia.

El gobierno nacional publicó finalmente este lunes la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Boletín Oficial, sancionada el sábado por el Congreso, por lo que ya comenzaron a regir sus cambios en materia financiera, previsional, tarifaria, energética, sanitaria e impositiva, entre otras modificaciones en el marco de la Emergencia Pública.

La reglamentación incluye un único "veto parcial" del presidente Alberto Fernández relativo a las regalías que deben pagar los productores de hidrocarburos, que ahora tributarán sobre el monto de producción, una vez descontadas las retenciones a la exportación.

Puntualmente, la modificación se hizo sobre el artículo 52 de la ley y elimina el párrafo que establecía que "en ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras".

En un primer momento, la Cámara de Diputados había establecido que la producción de hidrocarburos pagarían sobre su facturación total, sin descontar el derecho de exportación, lo que volvía muy gravosa la carga impositiva sobre un sector que el Gobierno pretende expandir.

Al mediodía de este lunes, durante un brindis con los empleados de la Casa Rosada, Fernández había anticipado que la ley se publicaría "con un veto parcial", pero se esperaba que se aplicara sobre el artículo 8, para excluir a empresas medianas del régimen moratorias a los aportes patronales, y no sobre el 52.

"En Diputados, creo que fue Carlos Heller, quien incluyó a empresas dentro de las beneficiadas con la moratoria. Son empresas más grandes de lo que habíamos previsto: son empresas medianas", sostuvo Fernández, lo que había prever el cambio que, finalmente, no se dio.

La reglamentación fue finalmente efectivizada con la publicación del decreto 58/2019, que lleva la firma tanto del presidente Fernández como del resto de los ministros que integran su gabinete.

El proyecto oficial fue convertido en ley por el Senado en la madrugada del sábado, con 41 votos a favor, 23 en contra y una abstención y, el viernes, también a la madrugada, había sido aprobada por la Cámara de Diputados por 134 votos a favor y 110 en contra.

La ley contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

Entre otros aspectos plantea una reestructuración del cuadro tarifario de la energía, tanto para hogares como para empresas, utilizando "criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva".

Asimismo, establece planes de regularización de deudas para las pequeñas y medianas empresas, suspende la aplicación de la movilidad jubilatoria por 180 días -tiempo en el que se discutirá una nueva fórmula y se aplican aumentos por decreto- y aplica un 30% de impuesto a la compra de dólares para atesoramiento al uso de tarjetas de crédito y débito en moneda extranjera.

A su vez, fija un tope del 33% para los derechos de exportación de soja, un 15% para el maíz y un 5% para bienes industrializados de economías regionales, mientras que para los hidrocarburos y la minería el techo es de 8%.

Por último, establece nuevas alícuotas al impuesto de Bienes Personales, así como a la venta de automóviles y elimina la imposición de cargas a las ganancias obtenidas con instrumentos financieros en pesos (bonos o plazos fijos).



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