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NACIONALES

29 de enero de 2022

Extienden el plazo del Repro II

El Gobierno extendió un día más el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para asistir a empresas afectadas por la pandemia con una ayuda de hasta $22.000 por trabajador para los sueldos de enero. Asimismo, ya fueron incorporadas las firmas del sector turístico.

Las empresas que quieran solicitar el subsidio tendrán plazo para hacerlo hasta el 31 de enero. El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:

Sectores afectados no críticos: 70% de la remuneración neta (el 83% de la remuneración total declarada en el F.931) hasta un máximo de $ 9.000;

Sectores críticos y salud: 70% de la remuneración neta (el 83% de la remuneración total declarada en el F.931) hasta un máximo de $ 22.000;

Cómo pedir el Repro II

Todo empleador y empleadora deberá tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos.

El beneficio del programa REPRO 2 se extenderá por UN (1) mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo.

La actualización de los CBU en las bases de datos será hasta 72 hs previas a la inscripción de cada mes.

En tanto, esta semana el Ministerio de Trabajo oficializó los requisitos de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), para los salarios devengados en diciembre de 2021.

Lo hizo a través de la Resolución 12/2022 publicada en el Boletín Oficial, que adopta recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en su acta conjunta 14, tras su reunión del 3 de enero.

Como criterio general, el Comité concluyó que, más allá de destacar la recuperación económica y laboral en los últimos meses, "no hay razones relevantes que justifiquen la introducción de cambios al conjunto de parámetros y condiciones de acceso, definidos para los programas implementados el mes anterior".

En cuanto a los criterios de preselección, el Comité estableció que, para los sectores críticos y no críticos, así como para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, se tomará la facturación registrada en noviembre de 2019 y el mismo mes de 2021.

Esa diferencia se mantuvo en 30% en términos reales, pero se redujo al 43,8% nominal, inferior al 46,2% de la resolución previa (803/2021), debido a una baja en la inflación bianual.

 



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