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14 de agosto de 2019

Desarrollo Social trabaja en defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes

La Dirección General de Niñez y Adolescencia desarrolla una intensa actividad con el fin de resguardar los derechos de las niñas, niños y adolescentes afectados por situaciones de negligencia, abusos u otra forma de vulneración de los mismos.

El área depende de la Subsecretaría de Familia, Niñez y Adolescencia, del Ministerio de Desarrollo Social y es el órgano de aplicación de la Ley Nacional 26.061 y de la Ley Provincial 8.848 de Protección Integral de niños, niñas y adolescentes.

La directora, Érica Delgado, indicó que los ejes de trabajo del área consideran al niño como un sujeto de derechos, cuya palabra debe ser escuchada y respetada en cada intervención. Por ello, y de acuerdo a lo establecido por las leyes mencionadas, se prioriza el respeto y la defensa de tales derechos por encima de los intereses de las demás personas, incluso de su grupo familiar.

La funcionaria comentó que en reiteradas ocasiones les toca intervenir en casos de niños que “afirman haber sido abusados o maltratados y familiares que niegan tal situación y no entienden los criterios y formas de trabajo de nuestra Dirección”.

Generalmente, los familiares del niño o adolescente “desacreditan su discurso por su edad o porque no saben, pero el niño se manifiesta ante un equipo de profesionales y nosotros trabajamos dándole valor a su palabra, sus emociones y sentimientos”, dijo Delgado.

Asimismo, resaltó que coordinan su trabajo con los Juzgados del Menor y de Violencia de Género y Protección Integral a Menores, el Asesor de Menores del Ministerio Público, la Oficina de Acceso a la Justicia del Hospital de la Madre y el Niño, el Servicio de Adolescencia del Hospital “Enrique Vera Barros”, el Programa “Crecer Sanos” del Ministerio de Salud y el Centro Makipura, entre otras instituciones.

La Dirección interviene ante información proveniente de los hospitales, la policía y demandas espontáneas de la población respecto de posibles situaciones de vulneración de estos derechos. Luego, según las características de cada caso, un equipo conformado por Licenciados en Trabajo Social, Abogados y Psicólogos define cuál es la institución pertinente para articular una respuesta.

Delgado, junto a la coordinadora María Agustina González, precisaron que cuando un niño está expuesto a un riesgo de vida alto se toman medidas de protección excepcional con el fin de resguardar su seguridad y restituir el derecho vulnerado. En otros casos de menor riesgo se coordina la corresponsabilidad de las instituciones del Estado para garantizar la restitución de derechos como ser tratamientos psicológicos, actividad física, controles médicos, escolaridad, documentación, etc.

Respecto al rol de la prensa en casos de vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes, la directora aclaró que el área tiene la mayor disposición para responder las consultas de los medios de comunicación, pero aclaró que se debe priorizar la privacidad e identidad de los niños y adolescentes relacionados con los diferentes casos para evitar que sean estigmatizados y revictimizados.

Las estadísticas del área indican que la mayor cantidad de requerimientos de intervención son por casos de negligencia en los que, generalmente, son vulnerados los derechos a la educación, la salud, a una alimentación saludable y a la seguridad, entre otros. Luego se ubican los casos de maltrato físico y psicológico y de abuso sexual.

Delgado aclaró además que la Dirección no tiene competencia para intervenir ante el conflicto de derechos de los adultos, como el régimen de visitas a un niño. “Si un padre no puede ver a su hijo, es un impedimento de contacto que es un delito penal y lo resuelven otras instituciones que garantizan los derechos de ese adulto”, añadió.

Paradigmas y gestión

González explicó que la Dirección organiza y articula sus actividades a partir de un paradigma que considera a los niños y adolescentes como “sujetos de derecho” y que tiene en cuenta sus aspectos psicológicos, biológicos y sociales.

De acuerdo a este enfoque, en caso de que el niño esté expuesto a un peligro grave en su grupo familiar se deben buscar otros referentes familiares o afectivos que puedan darles protección y cuidados durante este proceso. Por lo tanto, la inclusión del niño en el sistema de familias de acogimiento o en el Hogar Proteccional “Niño Alcalde” constituye el último recurso ante estos casos tan extremos.

Cabe señalar que la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es el tratado internacional de la Asamblea General de Naciones Unidas que reconoce los derechos humanos básicos de los niños, niñas y adolescentes. Sus principios fundamentales resaltan el interés superior del niño y su derecho a la vida, la supervivencia y de desarrollo.

Este paradigma se contrapone con otro que se aplicaba anteriormente denominado tutelar y que consideraba a los niños como menores que necesitaban ser controlados y  generalmente promovía el alojamiento de los infantes y adolescentes en instituciones proteccionales.

Finalmente, ambas funcionarias informaron que el ámbito de cobertura del área alcanza a los Departamentos Capital, Independencia y Sanagasta y los interesados en solicitar la intervención de la Dirección pueden comunicarse a la línea 102, de lunes a viernes de 8 a 18. También pueden dirigirse a las oficinas ubicadas en Dalmacio Vélez Sársfield y Benjamín de la Vega, de lunes a viernes de 8,30 a 18.



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