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10 de julio de 2024

Sin casco ni patente, no hay nafta

Foto de archivo

Fue promulgada la ley que prohíbe el expendio de combustibles a vehículos que no cuenten con chapa patente o casco reglamentario. Se trata de la Ley 10.725, sancionada el 6 de junio y promulgada por el Ejecutivo provincial y publicada en el Boletín Oficial el 5 de julio que además aplica una sanción de 500 litros de nafta a quienes violen esta prohibición.

La norma también estipula que conductores de motociclistas, sin distinción de cilindrada, deberán contar con el casco protector, al igual que su acompañante y advierte que "las estaciones de servicios deberán exhibir carteles y en caso de no cumplir con la normativa recibirán una sanción de 500 litros de nafta súper. El Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria será la entidad facultada para realizar los controles y correspondientes multas, y lo recaudado irá destinado a políticas públicas preventivas de seguridad vial".

La subsecretaria de Seguridad Vial, Claudia de la Fuente, consideró que “esta ley es un sí a la vida, creo que es algo preventivo, un recordatorio a la sociedad que las muertes evitables tienen que ver con usar las medidas de seguridad. Sabemos perfectamente que tenemos que usar el casco bien abrochado, esta es una forma de concientizarnos y que la sociedad pueda hacer un giro que necesitamos para una nueva conducta responsable”.

“Mueren 1.300.000 personas en el mundo a causa de hechos que se pueden evitar, esto me parece excelente ya que nos incentiva al uso de las normas de seguridad”, destacó la flamante funcionaria.



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