Las billeteras virtuales deberán informar cualquier movimiento superior a $30.000
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó este jueves en $30.000 el monto a partir del cuál las empresas administradoras de billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes, como parte de un esquema de optimización en la calidad de los datos con los que cuenta el organismo para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales.