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NACIONALES

21 de agosto de 2021

Extienden el Repro para trabajadoras y trabajadores independientes de sectores críticos

El Ministerio de Trabajo extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados este mes, a través de la resolución 486/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

La misma estableció que estos trabajadores deberán cumplir con el conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, fijados para el criterio de selección, que se comparan contra 2019.

Los indicadores son la variación porcentual de la facturación, del IVA compras, del consumo de energía eléctrica y gasífera, de la relación entre el costo laboral total y la facturación, y de las importaciones, el endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto) y la liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente). Para todos los indicadores, excepto los de endeudamiento y liquidez corriente, el periodo de referencia para la variación porcentual son los últimos dos meses anteriores al mes en el cual el Programa brinda la asistencia y los mismos meses de 2019.   Por otra parte, la resolución mantiene la excepción determinada en abril de este año a los sectores críticos, para el mes correspondiente a los salarios devengados en agosto, de la presentación del balance requerido cuando se relanzó el programa de Recuperación Productiva (Repro II).   Además, estableció que para acceder al beneficio de $ 22.000, la trabajadora o el trabajador independiente deberá presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021.   Resta por definir, lo cual seguramente se conocerá en los próximos días cuando se establezcan los nuevos requisitos del Repro para todos los beneficiarios, cuál será el tope de aumento como máximo de facturación en términos nominales, que para los salarios devengados en julio fue del 72%.   El Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos se estableció para los salarios devengados en mayo, como una ampliación del Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente originado en abril dentro del Repro II.   El de gastronómicos era para trabajadores encuadrados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o en el Régimen de Trabajo Autónomo.   Este universo abarcó los servicios de restaurantes y cantinas con y sin espectáculo; de comidas rápidas y locales de venta de comidas y bebidas al paso; de expendio de bebidas en bares; de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa o en mostrador; de preparación de comidas realizadas por o para vendedores ambulantes, y para empresas y eventos; y de cantinas con atención exclusiva a los empleados o estudiantes dentro de empresas o establecimientos educativos.   Ya para los salarios devengados en mayo, se expandió el programa al universo de trabajadoras y trabajadores independientes de sectores críticos, y se sumaron al beneficio, que en una primera instancia fue de $ 18.000, a más de 107.000 trabajadores encuadrados en el régimen de autónomos o monotributistas, lo cual significó una inversión fiscal superior a $ 2.300 millones.   En esa oportunidad, se abrió la inscripción para los independientes sin empleados o con una nómina salarial de hasta cinco trabajadoras y trabajadores.   El Programa pasó a abarcar los sectores de gastronomía, turismo, transporte, industrias culturales, actividades deportivas y de esparcimiento, comercio de rubros no esenciales, servicios personales (peluquerías, centros de belleza) y de ramas esenciales cuya facturación haya sido afectada.   Para poder acceder al beneficio, los monotributistas y autónomos deben contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en sus respectivos regímenes, y presentar una reducción de la facturación mayor al 20%   Asimismo, en junio el beneficio cubrió a 71.000 trabajadores, con una inversión por parte del Gobierno nacional superior a $ 1.500 millones.  

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