Martes 15 de Septiembre de 2026

Hoy es Martes 15 de Septiembre de 2026 y son las 16:08 - Te contamos todo lo que necesitas saber

NACIONALES

21 de enero de 2021

El gobierno reglamentó la Ley de Teletrabajo

El Gobierno nacional reglamentó el Régimen Legal del Contrato del Teletrabajo, aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado. La reglamentación de la ley 27.555 fue publicada en el Boletín Oficial a través del decreto 27/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo establece que "las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular". Tampoco "en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional".

En el anexo publicado este miércoles, se detalla que los artículos 2°, 3° y 4° vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral quedaron sin reglamentar.

La normativa establece un claro "derecho a la desconexión digital", para evitar que las jornadas de actividad laboral de los trabajadores se excedan más allá de las horas pactadas de trabajo a diario.

El artículo 5° precisa que cuando "la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral".

"En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)", dice la normativa y aclara que "no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión".

"Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos", puntualiza el texto.

Tareas de cuidado
La persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea por razones de cuidado deberá comunicar en forma virtual y con precisión el momento en que comienza la inactividad y cuando esta finaliza.

En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva.

Los elementos de trabajo
Sobre la provisión de elementos de trabajo, se remarca que "no es remuneratoria, lo cual se extiende a la compensación de gastos, aún sin comprobantes" por lo que "no integran la base retributiva para el cómputo de ningún rubro emergente del contrato de trabajo, ni contribuciones sindicales o de la seguridad social".

Además, siempre y cuando la relación entre ambas partes "no se encuentre abarcada en el ámbito de aplicación de una convención colectiva", pueden acordar entre ellas las pautas para su determinación.

Cómo revertir la modalidad de teletrabajo
Respecto de la reversibilidad, deberá "ajustarse a los deberes impuestos en los artículos 9º y 10° del Código Civil y Comercial de la Nación y 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo".

Recibida la solicitud de la persona que trabaja, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador o la empleadora deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación del o de los establecimientos al momento del pedido; en ningún caso dicho plazo podrá ser superior a 30 días.

"A los efectos de evaluar la imposibilidad de cumplir con esta obligación se tendrá especialmente en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en que se dispuso el cambio de la modalidad presencial hacia la modalidad de teletrabajo", añade el decreto.

Por otra parte, los empleados que hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral "no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los Convenios Colectivos del Trabajo o en los contratos individuales".

Representación sindical
En tanto, el artículo 13°, sobre la representación sindical, sostiene que "en los casos en que se pacte la modalidad de teletrabajo al inicio de la relación, aquella debe llevarse a cabo previa consulta con la entidad sindical".

Y añade que la representación de quienes antes prestaban servicios presenciales continuará siendo en el establecimiento laboral.

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

NACIONALES
Subió la canasta de crianza en agosto

Subió la canasta de crianza en agosto

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) dio a conocer el informe técnico sobre la Canasta de Crianza correspondiente a agosto de 2026. El relevamiento mide el gasto necesario para cubrir la adquisición de bienes y servicios básicos (alimentos, vestimenta, educación, salud y transporte) y la valorización del tiempo de cuidado de infantes y niños de hasta 12 años.
NACIONALES
El Papa León XIV recibió un lapidario informe de Argentina

El Papa León XIV recibió un lapidario informe de Argentina

El titular de la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), Alejandro Gramajo, le acercó un estudio al Sumo Pontífice en el que aborda la pobreza, el endeudamiento familiar, así como la discapacidad y la alta tasa de suicidios. El sindicalista le entregó el "Informe de los trabajadores y trabajadoras de la economía popular para su Santidad León XIV"
NACIONALES
Bullrich confirmó que el senado aprobará la reforma de la Carta Orgánica del Central

Bullrich confirmó que el senado aprobará la reforma de la Carta Orgánica del Central

La jefa del bloque libertario en la Cámara Alta, Patricia Bullrich, sostuvo que el objetivo es evitar que el BCRA vuelva a funcionar como un apéndice más del Ministerio de Economía o del gobierno del Poder Ejecutivo. Remarcó que el jueves tendrá tratamiento este tema y se estima que logrará la sanción de la reforma.

Comentarios

Escribir un comentario
Los comentarios se envían y quedan pendientes de moderación.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.