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2 de abril de 2020

Permiso especial para quienes cuiden adultos mayores, niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad

El gobierno provincial, a través del Ministerio de Desarrollo, Igualdad e Integración Social, habilitó distintas líneas telefónicas para que las personas dedicadas al cuidado de mayores, niños, niñas, adolescentes y con discapacidad, soliciten permisos especiales para circular, ante la vigencia del Decreto nacional 297/2020 que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Según el caso, los interesados deberán comunicarse con cada organismo, donde se analizará cada pedido, de 8 a 20 horas. La entrega se realizará desde el viernes 3 de abril y se les comunicará telefónicamente a los autorizados. Cabe destacar que los permisos son solamente firmados y autorizados por el gobernador de la provincia Ricardo Quintela y no habrá otro tipo de autorización para circular en la ciudad. Dichas autorizaciones serán revisadas de manera minuciosa y solamente son otorgadas a los ciudadanos exceptuados del decreto presidencial 297.

En el caso particular de las personas dedicadas al cuidado de mayores, niños, niñas y adolescentes deben comunicarse a los teléfonos que se difunden según el caso.

El Consejo Provincial para Adultos Mayores, habilitó la línea telefónica 3804-716812 (WhatsApp) para dar cumplimiento a la serie de excepciones relacionadas a la asistencia de Adultos y Adultas Mayores mediante cuidador/a, ya sea familiar o cuidador/a profesional que tenga a su cargo la realización de cuidados de la vida diaria, que garanticen la integridad.

La Subsecretaría de Niñez Adolescencia y Familia, habilitó la línea telefónica y WhatsApp  3804-482471 para dar cumplimiento a las excepciones relacionadas con los casos de asistencia a niños, niñas y adolescentes por sus progenitores o tutores. El mismo será otorgado solo cuando uno de los progenitores, por razones laborales que se inscriban en alguno de los incisos del artículo 6° del Decreto N° 297/20, de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor, deba ausentarse del hogar en el que se encuentra el niño, niña o adolescente; y pueda trasladarlo al domicilio del otro progenitor, familiar o referente afectivo. 
También están contemplados los casos en los que por razones de salud y siempre en beneficio del interés superior del niño/a, se pueda trasladar al hijo/a al domicilio del otro progenitor.

Con el mismo objetivo, el Consejo Provincial para personas con discapacidad habilitó la línea telefónica y whatsapp 3804 793224, a través de la cual, un equipo técnico evaluará las solicitudes de autorización para circular a los y las encargadas de asistir y cuidar a personas con discapacidad.

Cabe aclarar que se comunicará a cada persona que realice la solicitud, donde deberán retirar la autorización.



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