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POLITICA

28 de junio de 2019

La justicia falló en favor al PJ riojano

De esta manera, la Justicia Federal con competencia electoral dispuso que ni Paredes Urquiza ni Felipe Alvarez podrán usar la simbología, los emblemas y la marcha peronista.

El Juzgado Federal con competencia electoral dispuso hoy hacer lugar a la medida cautelar solicitada para ordenar la prohibición del uso del nombre, simbología, emblemas y marchas exclusivas del Partido Justicialista e intimó al cese inmediato de la utilización de los mismos, bajo apercibimiento de ley, por parte de las agrupaciones políticas “Juntos por La Rioja” y “Encuentro por La Rioja”. Idéntica intimación recayó a Alberto Paredes Urquiza y Felipe Álvarez.

Cabe recordar que las apoderadas del Partido Justicialista, Sandra Vanni, María Eugenia Torres y Andrea Brizuela, solicitaron esta medida cautelar a la Justicia Federal con competencia electoral. Esto surge luego de advertir que en pleno proceso electoral viralizaron mediante las redes sociales una invitación por parte de Alberto Paredes Urquiza a un acto partidario para recibir al precandidato a vicepresidente Miguel Ángel Pichetto, en donde utilizaron la terminología “peronismo riojano” y el símbolo del Partido Justicialista.

De igual manera, se observó en un medio virtual local una publicación que bajo el título “El gesto del día: se ‘peronizaron’ los radicales riojanos”, da cuenta que Julio Martínez y su dirigencia alzan sus manos con los dedos en “V”, símbolo peronista. Asimismo, en una red social se difundió un video donde se observa a Alberto Paredes Urquiza y Felipe Álvarez evocar la marcha peronista y utilizar el signo de la “V” en sus manos. Por lo tanto, se advirtió un uso indiscriminado de los símbolos del Partido Justicialista.

Ante esto, se efectúa la solicitud y entre sus fundamentos expresa que habiéndose convocado a elecciones PASO para el día 11 de agosto para la elección de candidatos a presidente, vicepresidente, senadores y diputados nacionales, “nos encontramos frente a una falta grave, ya que contra legem, la alianza Juntos por La Rioja y el actual intendente capitalino hicieron uso del nombre y los atributos propios del Partido Justicialista, contrariando lo dispuesto por los arts. 13, 17, 35, 36, 36 concordantes y correlativos de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298.

Del mismo modo, rememora en los fundamentos que mediante Resolución N° 35/83 emanada del Juez Federal de la Provincia de La Rioja, se resuelve reconocer la personería jurídico-política al Partido Justicialista con derecho al uso exclusivo del nombre indicado, así como sus símbolos y emblemas partidarios.



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