NACIONALES
11 de agosto de 2026
Extranjeros no residentes deberán pagar en hospitales nacionales
La medida ya fue reglamentada por el Ministerio de Salud y alcanza a las prestaciones que no sean de urgencia. Los residentes mantienen el acceso en igualdad de condiciones.
El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó que los extranjeros no residentes deberán pagar la atención no urgente en los hospitales nacionales. Se trata de una medida derivada del DNU 366/2025, que introdujo cambios en la Ley de Migraciones.
La nueva resolución, indica que si la persona cuenta con un seguro de salud, el hospital podrá facturarle el costo a la aseguradora. En cambio, si no tiene cobertura, deberá abonar el servicio antes de recibir la atención. Esta decisión se formalizó en el Boletín Oficial y en el llamado “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional”.
En tanto, la atención de emergencias seguirá garantizada para todas las personas independientemente de su situación migratoria, y no podrá ser negada ni demorada por trámites administrativos.
Se entiende por emergencia toda situación que represente un riesgo real e inminente para la vida o las funciones vitales, como infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos de gravedad, hemorragias importantes y urgencias obstétricas, pediátricas o neonatales.