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7 de abril de 2026

Impugnaron el pliego de Carlos Mahiques ante el Senado

La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) solicitaron que se rechace el pliego de Mahiques, ya que consideran que no se puede otorgar un "nuevo nombramiento" a quien no fue nombrado con anterioridad. Consideran que se realizará una situación inconstitucional que debe ser corregida inmediatamente por el Senado de la Nación.

La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) realizaron una presentación conjunta ante la Comisión de Acuerdos del Senado de la Nación para impugnar el pliego enviado por el Poder Ejecutivo para otorgar un “nuevo nombramiento” al juez Carlos Mahiques en la Cámara Federal de Casación Penal, al considerar que la medida resulta inconstitucional.

Según explicaron en el escrito, Mahiques nunca fue designado en ese cargo federal mediante el procedimiento previsto por la Constitución Nacional —que exige atravesar un concurso ante el Consejo de la Magistratura, ser seleccionado por el Poder Ejecutivo y obtener un acuerdo del Senado—, sino que accedió a él a través de un traslado dispuesto en 2018 desde otro tribunal del fuero ordinario de la Capital Federal, cargo para el que sí concursó. Ese traslado permitió que Mahiques ejerciera la jurisdicción federal sin nunca haber concursado para eso, lo cual viola la Constitución Nacional.

En este sentido, las organizaciones recordaron que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el precedente “Bertuzzi” de 2020 —posterior a ese traslado—, estableció que los traslados son actos provisorios que no pueden equipararse a los nombramientos. “Si el Senado otorgara un nuevo nombramiento a Carlos Mahiques, estaría convalidando una práctica que ya ha sido declarada inconstitucional por la propia Corte Suprema”, señala el escrito.

En consecuencia, INECIP y ACIJ advirtieron que no es jurídicamente posible otorgar un “nuevo nombramiento” a quien nunca fue nombrado en ese cargo, ya que no se puede prorrogar un cargo al que se accedió de manera provisoria. “El artículo 99 inciso 4 de la Constitución prevé la renovación de cargos únicamente para magistrados que hayan sido previamente designados conforme al procedimiento constitucional, lo que no ocurre en este caso”, señala la presentación. Por eso, sostienen que el pliego carece de sustento jurídico y debe ser rechazado. “La única vía constitucional para que Carlos Mahiques pueda continuar en la Cámara Federal de Casación Penal luego de los 75 años es presentarse al concurso que el Consejo de la Magistratura inicie cuando se produzca la vacante”.

Las organizaciones solicitaron a la Comisión de Acuerdos que proponga al pleno el rechazo del nombramiento de Carlos Mahiques como vocal de la Cámara Federal de Casación Penal.

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