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4 de septiembre de 2025

Paliza para Milei en el Senado: 63 a 7 fue la votación que derribó el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad

El Senado rechazó el veto a la ley de emergencia con una mayoría abrumadora de votos, ya que la mayoría de los legisladores aliados del gobierno se pronunciaron en contra de la decisión presidencial que afecta a centenares de personas que tienen discapacidad. Los senadores riojanos Florencia López y Fernando Rejal votaron contra el veto, en tanto que Juan Carlos Pagotto votó a favor de vetar la ley.

La Cámara alta aprobó por 63 votos contra siete que fueron aportados por seis de la Libertad Avanza y una senadora del PRO, mientras que se ausentaron el peronista José Antonio Rodas y la libertaria Vilma Bedia.

Los legisladores libertarios que avalaron el veto fueron Bartolomé Abdala, Ezequiel Atauche, Juan Carlos Pagotto, Francisco Paoltrani, Ivana Arrascaeta, Bruno Lucero y del PRO, Carmen Alvarez Rivero.

Uno de los datos centrales que la mayoría de los aliados se pronunciaron en contra del veto presidencial ya que la UCR, el grueso del PRO, Provincias Unidas, y Cambio Federal se unieron al peronismo para rechazar la medida presidencial.

Los bloques dialoguistas aportaron 30 votos ya que lo hicieron contra el veto los 13 radicales, donde están incluidos los senadores de Mendoza Rodolfo Suarez y Mariana Jury y el chaqueño Victor Zimermann, cuyos sus gobernadores hicieron acuerdos electorales con la LLA para octubre.

También lo hizo el senador del PRO Alfredo De Angelis de Entre Rios donde el mandatario Rogelio Frigerio hizo un acuerdo con la Libertad Avanza para los comicios del 26 de octubre.

Además los bloques dialoguistas que votaron contra el veto son 2 del Frente Renovador de la Concordia Social (Misiones); 2 de Por Santa Cruz, 2 de Unidad Federal y los monobloques de Cambio Federal, Juntos por Rio Negro, Movimiento Popular Neuquino, de Despierta Chubut y de Justicia Social (Tucumán).

Los bloques peronistas aportaron 33 votos que corresponden 14 al Frente Nacional y Popular-que preside José Mayans- 4 a Convicción Federal (Fernando Salino) y 15 a Unidad Ciudadana (Juliano Di Tullio).

Tras la contundencia de la votación, se conoció que desde el Ejecutivo no se avanzaría en la eventual judicialización de la norma dado que se esperaba otra respuesta de los senadores dialoguistas, y ahora Milei deberá promulgar la Ley y publicarla en el Boletín Oficial. 

Que dice la Ley Aprobada

La ley de emergencia en discapacidad que fue ratificada hoy por el Senado Nacional establece una actualización y cancelación de deudas con los prestadores de la salud, y un nuevo mecanismo para ajustar las pensiones no contributivas por discapacidad.

 Los principales puntos de la ley que establece la emergencia en discapacidad son los siguientes: Se establece que la emergencia en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre del 2026; La presente ley es de orden público y rige en todo el territorio nacional y se establece una actualización las prestaciones para compensar la diferencia entre los valores actuales y la inflación desde el 2023 a la fecha.

Se deberá saldar la deuda con los prestadores y actualizar mensualmente los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas, de acuerdo a los índices de la inflación que informa el INDEC; Las pensiones no contributivas serán equivalentes al 70 por ciento del haber mínimo jubilatorio y las personas que cobran este beneficio podrán trabajar mientras que no supere los dos salarios mínimos.

El Poder Ejecutivo Nacional deberá financiar con recursos del Tesoro nacional una compensación de emergencia a los prestadores; La oficina de Presupuesto del Congreso determinó que el impacto fiscal por el aumento de las pensiones significa un refuerzo fiscal de 1.889.371 millones de pesos y 3,627.495 millones.

La diferencia del impacto fiscal se debe al numero de beneficiarios “por nuevas altas entre 493 mil y 946 mil personas, según distintos escenarios” que podrían suceder con la nueva ley, sostuvo la OPC.

La Agencia Nacional de Discapacidad realizará una auditoria con el objeto de realizar una evaluación justa, transparente, basada en criterios de salud y en un análisis integral de la situación socioeconómica de los beneficiarios. El procedimiento de auditoría deberá garantizar notificaciones fehacientes y el debido proceso inclusivo, que aseguren la plena participación. y el acceso claro a la información.

Los empleadores que tomen trabajadores con certificados de discapacidad por tiempo indeterminado serán eximidos del pago del cincuenta por ciento (50%) de las contribuciones patronales y a las cajas de jubilaciones por tres años.

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