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27 de julio de 2018

Modifican límites y beneficios de las asignaciones familiares

Por medio de un decreto, el Gobierno adecuó el tope máximo de ingresos para percibir el cobro y elimina las zonas que percibían un plus, afectando así a más de 100 mil chicos.

El Gobierno firmó un decreto por el cual adecuó el límite máximo de ingresos para determinar el cobro de las asignaciones familiares, y a la vez eliminó beneficios que alcanzan a quienes residen en provincias de la Patagonia y del noroeste del país. La medida comenzará a regir desde septiembre.

De este modo, se estableció el límite máximo de ingresos aplicables a los beneficiarios de asignaciones familiares en 83.917 pesos, contra los 94.786 pesos actuales. Además, se aclara que si uno de los integrantes del grupo familiar tuviera un ingreso superior a los 41.959 pesos, quedará excluido del cobro de las asignaciones.

También se cambió el ingreso mínimo a partir del cual se percibirá Asignación Universal por Hijo: para el grupo familiar se eleva de 200 a 2.816 pesos: hasta esa cifra, no se cobrarán asignaciones familiares.

En la nómina, las escalas quedarán establecidas de la siguiente manera: para ingresos de entre 2.816 y 24.492 pesos, la asignación será de 1578 pesos por hijo; hasta ingresos de 35.922 pesos, de 1.063 pesos por hijo; hasta 41.473 pesos de salario, 640 pesos por hijo y hasta 83.917 pesos, será de 328 pesos.

100 mil chicos afectados

Otra de las principales medidas, determina que no existirán beneficios extra para ciertas provincias de la Patagonia y noroeste del país, que cobraban más que el resto por considerarse “zonas desfavorables” o también con el fin de promover el desarrollo poblacional de esas provincias y regiones, muchas de ellas fronterizas.

Así, los trabajadores de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y de departamentos de Catamarca, Jujuy y Salta pasarán a cobrar el denominado "valor general" que se ubica en 1.578 pesos para el área metropolitana de Buenos Aires. Anteriormente, percibían entre 3.155 y 3.407 pesos como base.

La adecuación, según el texto oficial, permitirá "evitar la eventual captación indebida de prestaciones de la seguridad social cuando los importes de las remuneraciones son declarados por el empleador en forma ilegítima, por un monto inferior al mínimo".

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