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15 de agosto de 2024

Rechazan la incorporación de Javier Ruiz al Cuerpo de Concejales por Inhabilidad Moral

El Concejo Deliberante de la Capital rechazó, en votación, la incorporación de Javier Ruiz al cuerpo de concejales durante la sesión celebrada en la Legislatura. En el dictamen de mayoría, se mocionó su rechazo por inhabilidad moral, conforme al dictamen de la comisión de Legislación. Además se aprobaron varias ordenanzas como la regulación de plataformas digitales y se repudiaron acciones de violencia de género.

Tras un cuarto intermedio y luego de estudiar toda la documentación presentada, los concejales Guillermo Benzo, Viviana Luna y Yolanda Corzo establecieron los fundamentos que llevaron a la mayoría a votar en contra de la incorporación de Ruiz. Se determinó, además, que la documentación se enviará con celeridad al Tribunal Electoral para que este determine quién ocupará la vacante.

Se destacó que el Concejo es el órgano deliberativo con la facultad exclusiva de evaluar los títulos, condiciones y méritos de sus integrantes en calidad de juez y según el artículo 5 del Reglamento Interno Ordenanza N° 1.705 y sus modificatorias, "es juez único de la elección de sus miembros, y una vez pronunciada su resolución al respecto no puede reverla".

Asimismo, la Ley N° 4.234 de Organización de la Justicia Electoral de la provincia prescribe en su artículo 9, inciso f, que corresponde "Calificar las elecciones de autoridades provinciales y/o municipales juzgando su validez por razón de solemnidades y requisitos de forma, sin perjuicio de la facultad del cuerpo a que pertenezcan de pronunciarse sobre la validez de los títulos".

Luego de establecer el marco legal para la toma de decisión, se evaluó la incorporación de Javier Horacio Ruiz conforme a la normativa mencionada. Se subrayó la necesidad de distinguir dos etapas en el proceso de examen de los títulos, calidades y derechos de los miembros del Cuerpo: la primera corresponde al proceso electoral y la segunda al "proceso deliberativo de admisibilidad", que decide sobre la aceptación de los concejales electos y su posterior incorporación al Cuerpo mediante el juramento correspondiente. Cada órgano, el electoral y el deliberativo, debe cumplir con sus atribuciones respectivas, según lo establecido en la Ley de Organización de la Justicia Electoral.

Se especificó que, dado que el proceso se realiza dentro de un marco de respeto a las disposiciones constitucionales y legales vigentes, la Función Judicial está impedida de considerar y juzgar el modo de ejercicio de las facultades exclusivas del Cuerpo Deliberativo, que abarcan la admisibilidad de la incorporación de representantes.

Finalmente, el dictamen concluyó que, dado que los hechos documentados y acreditados cumplen con los criterios de "inhabilidad moral" para el concejal electo Javier Horacio Ruiz, resulta ajustado a derecho rechazar su incorporación al Concejo Deliberante del Departamento Capital, conforme al artículo 81 de la Ley Orgánica Transitoria Municipal. El dictamen fue aprobado por mayoría, mientras que la edil Ramona Ceballos presentó argumentos en minoría.

En Contra de la Violencia por Razones de Género

En concordancia, el cuerpo de concejales expresó su profunda preocupación y consternación por los hechos de público conocimiento que involucran al ex presidente de la Nación Argentina, Alberto Fernández, y al senador nacional Ezequiel Ataucce. La iniciativa, presentada por el concejal Guillermo Benzo, calificó estos hechos como "gravísimos", en relación con la violencia de género, el terror psicológico y las amenazas.

Se destacó que la proclamación subraya la importancia de la envestidura presidencial y la de legislador nacional, así como la conducta esperada de servidores públicos de tal magnitud y el compromiso político del denunciado. Se criticó la banalización y el uso mediático de las políticas de género en el debate público.

El cuerpo de concejales exigió la máxima celeridad en las investigaciones para esclarecer los hechos y hacer justicia, si es necesario, para compensar las atrocidades cometidas y reivindicar a la víctima. La declaración fue aprobada por unanimidad de los presentes en el Recinto.

Además, se manifestó el repudio a la manipulación mediática de los acontecimientos y el desprestigio de las causas y políticas de género. Se condenó la actuación de los medios de comunicación que re victimizan a las personas involucradas y se destacó la necesidad de recuperar la credibilidad en el sistema de representación democrática y la transparencia de los funcionarios públicos.

Repudio a la Pedofilia y Otros Delitos

Se incluyó en la declaración la grave situación relacionada con el diputado provincial renunciante de Misiones, Germán Kiczka, en cuanto a los atroces hechos vinculados a la pedofilia, zoofilia y otros delitos encontrados en sus dispositivos personales. Se subrayó la necesidad de abordar estos temas para recuperar la confianza en el sistema democrático y la transparencia de los funcionarios.

Repudio a Maltratos Físicos y Psicológicos

En coincidencia con un proyecto de los concejales Ramona Ceballos, Karina Martínez, Aníbal Olivera, Luciana De León y Nazareno Rippa, se aprobó una declaración adicional que repudia las denuncias de maltrato físico y psicológico infligido por Alberto Fernández a su esposa, Fabiola Yáñez.

Normativa con Perspectiva Sociocomunitaria

El cuerpo de concejales aprobó normativa directamente vinculada con las demandas vecinales y entre las decisiones adoptadas, se delimitó las jurisdicciones barriales de los barrios Antártida III y Antártida IV, se declaró de Interés Municipal y Cultural el aniversario de independencia de Bolivia, y se legisló sobre la regulación del servicio de transporte mediante plataformas digitales y las disposiciones generales para el cableado soterrado en la ciudad.

Mediante una iniciativa de la concejala Ximena Marenco y con el aval de ambos barrios, se determinaron los límites barriales de Antártida III y Antártida IV. En un hecho inédito, el Concejo actuó como mediador entre ambas partes, logrando un acuerdo formal entre los centros vecinales y los vecinos. Miembros del centro vecinal del barrio Antártida IV agradecieron la intervención legal que facilitó el acuerdo.

Se declaró de Interés Municipal y Cultural la celebración del Día de la Independencia de Bolivia, mediante la Ordenanza N° 6482, presentada por los concejales Ximena Marenco y Pablo Herrera, establece esta declaración en conmemoración del 6 de agosto de 1825, cuando Bolivia obtuvo su independencia gracias a la lucha del libertador Simón Bolívar y el mariscal Antonio José de Sucre. "Este acontecimiento es fundamental para resaltar y dar la importancia que merece", indicaron los fundamentos de la norma, que encontró amplio consenso entre los concejales.

Regulación de Plataformas Digitales

El Concejo también legisló sobre la regulación del servicio de transporte mediante plataformas digitales y lo hizo por intermedio de la Ordenanza N° 6488 que establece las normativas generales para el servicio de intermediación de plataformas de gestión colaborativa en el transporte privado, regulando su administración, prestación, planificación y competencia justa.

"El servicio es prestado por conductores independientes que, utilizando tecnologías móviles y el sistema de posicionamiento global, conectan a usuarios con conductores mediante la misma aplicación. Esto se basa en los términos del artículo 1280 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, que regulan el contrato de transporte, y en la Ordenanza como normativa supletoria", explicaron los concejales.

Se especificaron las obligaciones de los prestadores, incluyendo: mantener el vehículo en buenas condiciones de seguridad e higiene, realizar la revisión técnica obligatoria, contar con una póliza de seguro para lesiones o muerte de personas transportadas y terceros, y portar una oblea de identificación visible. Además, los vehículos deben estar en perfecto estado de funcionamiento, contar con un mínimo de cuatro puertas o puertas laterales corredizas, y las motocicletas deben estar en buen estado de conservación.

Las obligaciones de los conductores incluyen: contar con licencia de conducir profesional otorgada por el municipio del departamento capital de la provincia de La Rioja, aceptar solo viajes despachados por la plataforma correspondiente, tener certificado de libre deuda de patente del vehículo y contar con un certificado de Re.DAM de la provincia de La Rioja.

El artículo 16 de la norma establece la creación de un fondo de movilidad en el ámbito del Ejecutivo para administrar los fondos provenientes del servicio de transporte de plataformas de gestión colaborativa. Estos fondos provendrán de una tasa del 1% sobre las ganancias (comisión por el servicio de intermediación digital) de las plataformas y serán destinados al mantenimiento y mejoramiento de la infraestructura de servicios públicos del Municipio Capital. La recaudación será realizada por la empresa de red de transporte local por cuenta de la plataforma del exterior, o directamente por la plataforma a través de un mecanismo dispuesto por el municipio, permitiendo el pago mediante transferencia desde el extranjero.

El artículo 18 establece un canon semestral de 330 UTM para los conductores registrados en plataformas electrónicas de gestión colaborativa, el cual podrá ser modificado por el Concejo con intervalos mayores a tres meses desde su última modificación. Los conductores ya registrados como prestadores de taxis o remises estarán exentos del canon para el uso de plataformas digitales.



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