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ECONOMÍA

29 de enero de 2024

Las extracciones de dinero de cajeros no reciben ningún costo adicional para titulares de cuenta sueldo

Según las circulares que emiten las distintas entidades bancarias del país, se aclara que para las cuentas sueldo/previsionales, las entidades no pueden cobrar por extracciones por hasta el total del haber dentro del sistema bancario, o sea, no pueden cobrar por retiros en cajeros de otras entidades, independientemente de las redes.

Las notificaciones que envían las entidades bancarias aclaran que "sl uso de la red de cajeros automáticos es gratuito para titulares de tarjetas de débito asociadas a cuentas sueldo, pago de jubilaciones o planes sociales, quiénes podrán utilizar sin costo alguno cualquier cajero, sin importar a qué banco o red pertenecen.” 

La aclaración surge además porque hay una confusión con los tenedores de "Cajas de Ahorro" y que no son necesariamente para recibir las transferencias de las cuentas sueldo, tanto de activos, como pasivos o titulares de planes sociales.

En ese sentido se informa que "las Cajas de Ahorros son gratuitas en su apertura, mantenimiento y en la provisión de una tarjeta de débito a cada titular al momento de la apertura de la cuenta. También son gratuitas todas las operaciones por ventanilla, las transferencias bancarias y las operaciones que se realicen a través de cajeros automáticos y terminales de autoservicio dentro de alguna sucursal de la misma entidad de la que es cliente".

"Tiene costo el uso de cajeros automáticos de otros bancos y de los que estén instalados fuera de las sucursales bancarias, como por ejemplo supermercados, shoppings y estaciones de servicio aún cuando sean de la propia entidad", se detalla.

El BCRA publica la información que le suministran las entidades financieras en virtud del Régimen Informativo establecido en la Comunicación "A" 5993. Por lo tanto, la precisión de la información proporcionada en la web de cada banco es de exclusiva responsabilidad de las entidades financieras.

Tarjetas de Crédito

La tasa de interés por financiación de saldos de tarjetas de crédito no podrá superar la tasa nominal anual del 122% cuando el importe financiado por este concepto, considerando cada cuenta de tarjeta de crédito, no supere los $ 200.000 (Comunicación A7862). Cuando el importe financiado sea superior a los $ 200.000 –sobre el importe excedente– o de registrar consumos en moneda extranjera por un importe total superior a los USD 200 –sobre el saldo total financiado en pesos–, sólo será de aplicación el límite establecido en el artículo 16 de la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito, excepto para las entidades “C” (Comunicación A7651) para las que es de aplicación el punto 2.1.2 de las normas sobre “Tasas de interés en las operaciones de crédito, sin perjuicio de la aplicación de los últimos cuatro párrafos del punto 2.1.1. de las referidas normas.

Hay bancos como el Credicoop Cooperativo Limitado que otorga un ciento por ciento de la bonificación por el servicio de renovación de las cuentas que consuman hasta el monto de 2.400.000 por año, en tanto el Banco Provincia de Buenos Aires, bonifica la renovación para quienes acrediten sueldo o jubilación con prestamos de retención de haberes o consumos mayores a los 2.560.000, al igual que se bonifican al ciento por ciento sobre consumos anuales de más de 1.240.000 pesos.

En tanto hay otras entidades que bonifican solamente los excedentes de consumo superiores a 200 mil pesos como el Banco de Neuquén S.A y el Supervielle S. A realiza bonificaciones parciales sobre los paquetes que los usuarios tienen en ese banco.

La medida aplica para tarjetas de crédito básicas, platinum, gold, tanto nacionales como internacionales, y a los paquetes que incluyen cada entidad emisora de las mismas.

 

 

 

Fuente: Banco Patagonia S.A.



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