Concejo Deliberante aprobó el cupo laboral trans en el Municipio de Capital
Mediante la ordenanza 5538, de "Inclusión Laboral Trans", el Concejo Deliberante estableció que dentro del Municipio de la Capital, Concejo Deliberante, Tribunal de Cuentas, Juzgado de Faltas, organismos descentralizados y empresas subsidiadas, deben tener un proporcional no inferior al uno por ciento de cupo laboral para personas transexuales, transgénero y travestis.